Mucho se viene hablando ya del llamado "Caso Mediador", para otros "Caso Tito Berni", y se viene informando profusamente a través de los Medios de Comunicación, en un entorno que se mueve cada vez más al horizonte electoral. A la luz han salido no solo testimonios de las personas implicadas, sino detalles, imágenes, personas o hechos relacionados con esta trama quedan en nuestra retina y esperemos no olvidarlo para no caer en el error de dejar pasar estos casos de corrupción que dañan nuestra reputación como país de cara a Europa y de cara al mundo. La Sociedad no puede perdonar semejantes hechos, acaecidos con dinero público de nuestros bolsillos e incumpliendo las medidas COVID como hemos visto en las fotos; mientras estas personas se encontraban en esas bacanales durante la pandemia, muchos ciudadanos eran sancionados por las autoridades por cruzar de un municipio a otro, por cruzar la calle o por llevar comida a su madre que vivía sola. Esto nos hace reflexionar y preguntarnos: ¿somos todos los españoles iguales ante la Ley? ¿Está putrefacto nuestro Estado de Derecho? ¿Han usado la Constitución como servilleta estas personas?
Las respuestas a estas preguntas, por desgracia, han ido variando a lo largo de las últimas décadas. En este caso, como ya nos han informado numerosos medios de comunicación nos encontramos ante una trama de extorsión de empresas en el ámbito ganadero y alimentario.
Todos los investigados en esta trama se enfrentan por lo menos a cinco delitos, todos ellos graves y mediante los cuales han obtenido un lucro ilícito. Estos delitos podrían resumirse en: cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal. El objetivo común de todos estos delitos es el lucro y el flujo de dinero entre el sector público y el privado, como definen algunos de estos delitos recogidos en el Código Penal, alterando documentos, simulando concursos y aparentando que el dinero obtenido mediante estas operaciones venía de fuentes legítimas.
De éstos, los delitos con la horquilla más alta en penas de prisión son la organización criminal (de 2 a 8 años) y el cohecho (de 3 a 6 años) ante los cuales se enfrentan estos sujetos.
Hasta aquí los medios han hablado de los delitos y los hechos en los cuales no hace falta ahondar más en detalle. Poco se ha informado acerca de las consecuencias legales que puede tener esa revelación de hechos, imágenes y audios por parte del famoso “Mediador”, del cual desconocemos si firmó algún contrato de mediación con cláusulas de confidencialidad.
En el supuesto de que se hubiesen firmado estas cláusulas, conocemos por la Ley de Mediación y lo que supone la figura de un mediador en la mediación de conflictos, que las manifestaciones realizadas en un procedimiento de mediación en este ámbito no pueden en ningún caso constituir material probatorio, ya que la obligación de confidencialidad se extiende al mediador, el cual quedará protegido por el secreto profesional al igual que sucede con los abogados o médicos, pues, en caso contrario, podría suponer una vulneración del derecho a un proceso justo y a la presunción de inocencia, llegando a considerarse, en consecuencia, que se trata de una prueba obtenida ilícitamente.
A esta obligación de confidencialidad existen varias excepciones como sería el caso de que el mediador, sometido por su profesión al secreto profesional, se vea obligado a revelar parte de dichas informaciones en virtud de la legislación aplicable (Artículo 9 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles) como puede ser que las partes le dispensen por escrito de éste deber o que mediante resolución judicial motivada los jueces soliciten dicha información porque afecte a un proceso.
Esta revelación tan polémica que lleva ocupando portadas estas últimas semanas podría volverse en contra del famoso “mediador”, ya que debido a su profesión ha tenido acceso a estos secretos ajenos incumpliendo así su obligación de sigilo, por lo que se enfrentaría a un posible delito contra la intimidad y el derecho de la propia imagen, delito el cual imaginamos que es el que han alegado los diputados del PSOE en sus respectivas querellas contra el conocido “mediador”.
Este caso no ha hecho más que comenzar y salpicar a un bajo porcentaje de toda la cúpula implicada en el mismo. Este caso como muchos otros nos hace preguntarnos y sopesar sobre la balanza de la justicia qué es más importante, si el respeto a esa obligación de confidencialidad y guardar secreto o el derecho que tenemos los ciudadanos a conocer qué hacen nuestros políticos en el ejercicio de sus funciones.
Recordemos finalmente que Platón proponía que los políticos tuvieran sueldos más bajos que la media social, así sólo se conseguiría que los candidatos fueran personas preocupadas realmente por el bienestar de los ciudadanos, el desarrollo del país y la mejora social, todo lo contrario a nuestra idea de democracia actual.