El peso de los impuestos
Primero la pandemia del coronavirus y la invasión rusa de Ucrania. Las dificultades económicas que han generado ambas crisis, sanitaria y geopolítica, han trastocado las finanzas de las familias. “Factores como la inflación o el desempleo elevan el número de herederos reacios que, aunque no hayan recibido ninguna deuda, a veces tampoco pueden cumplir con las obligaciones tributarias que lleva aparejada cualquier herencia”, expone Marín.
Tras el fallecimiento de la persona que otorga herencia, se abre un periodo de seis meses para que sus herederos liquiden el Impuesto de Sucesiones, una imposición cuya gestión está delegada en las Comunidades Autónomas y que es de carácter progresivo, por lo que es más alto cuanto más se hereda.
“El gravamen oscila entre el 7,65% y el 34%, pero cada región aplica diferentes reducciones de la base imponible y bonificaciones de la cuota tributaria que incluso llegan al 100% para familiares directos y hasta determinada cantidad”, recuerda el experto. Es por ello que la brecha entre territorios puede inclinar la balanza hacia la renuncia o hacia la aceptación.
El impuesto de plusvalía municipal “mortis causa” sobre bienes inmueble urbanos es, en muchas ocasiones, mucho más gravoso que el propio impuesto de sucesiones.
Cuidado con la doble imposición
Desde Marín & Mateo Abogados avisan de que en función de cómo se realice la renuncia, aquel que rechaza la parte que le corresponde quedará exonerado de cualquier impuesto o, por el contrario, tendrá que pagar por partida doble. “Cuando tiene lugar una renuncia pura y simple, la herencia pasa a los restantes coherederos o al siguiente en grado de parentesco, teniendo que liquidar la parte del Impuesto de Sucesiones del que decide no seguir adelante”, apunta Marín.
Sin embargo, cuando se renuncia a favor de un tercero todo cambia. “Si en el caso anterior se entiende que el que era heredero nunca llegó a aceptar, cuando se cede la parte heredada a otra persona sí que hay una aceptación en primera instancia”, explica el letrado.
Es por ello que esta acción conlleva la obligación de pagar dos impuestos: el de Sucesiones y el Donaciones, por lo que Marín aconseja “analizar bien qué es lo que más conviene en cada caso con ayuda de un profesional, ya que nadie espera que una herencia signifique más gasto que beneficio”.