La Constitución, tal y como comenta Nieto, especifica que “el domicilio es inviolable”. Así, nuestro ordenamiento jurídico “persigue a cualquiera que entre sin consentimiento, imponiendo penas que van de los seis meses a los cuatro años, en función de si hubo o no intimidación o violencia”. Para no quedar expuesto, la abogada recomienda “poner los medios para evitar que la vivienda dé indicios de estar vacía”.
Denuncia inmediata
Si se produce una ocupación, el primer consejo que da Nieto es “ponerse en contacto con un abogado penalista para saber cómo proceder, evitando cualquier confrontación, así como amenazas o coacciones, manteniendo la calma”. En este sentido, no se pueden adoptar medidas como dar de baja los suministros, pues “podríamos enfrentarnos a posibles multas, e incluso, penas de prisión”.
“Es importante interponer cuanto antes la denuncia correspondiente, presentando la documentación que atestigüe la titularidad de la vivienda”, añade Nieto. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) señala que en 2022 se contabilizaron 2.785 juicios verbales posesorios ingresados por ocupación ilegal de viviendas, un 19,9% menos que en 2021. La tendencia a la baja ha continuado en el primer trimestre de 2023, con 71 ingresos, un 26,8% menos que hace un año.
Más seguridad
Como medidas preventivas, “es esencial instalar medidas de seguridad, desde alarmas hasta cámaras de videovigilancia, pasando por rejas o puertas acorazadas”, enumera la abogada, que apela también a la colaboración vecinal: “Hay que pedir a nuestros vecinos que nos avisen si detectan algo anormal”, indica Nieto.
Igualmente, resulta útil “no dar pistas de que la vivienda está vacía, como publicar en redes sociales que nos vamos de vacaciones o dejar que la correspondencia se acumule en el buzón”, concluye la portavoz de Marín & Mateo Abogados.