La incapacidad permanente laboral se refiere a la situación en que un trabajador, después de haber recibido tratamiento médico y haber sido dado de alta, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, presumiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Este tipo de incapacidad puede derivarse de un accidente laboral o de una enfermedad común. La incapacidad permanente se clasifica en varios grados de incapacidad, laboral, según el nivel de alteración que el trabajador experimente en su capacidad laboral.
Este tipo de incapacidad representa una disminución de al menos el 33% en la capacidad para desempeñar la profesión habitual del trabajador, pero que no le impide completamente realizar las tareas fundamentales de su ocupación. Es común en situaciones donde el trabajador todavía puede continuar con su labor usual, aunque con ciertas limitaciones.
La incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para realizar todas o las principales tareas de su profesión habitual, pero le permite dedicarse a una diferente.
Para ser elegible, es necesario tener cotizados un mínimo de años a la Seguridad Social, varía según la edad en el momento de la solicitud, y demostrar clínicamente el impedimento de continuar con la actividad laboral habitual. Generalmente es imprescindible haber recibido atención y tratamiento médico para la enfermedad o lesión que provoca la incapacidad.
Este grado de incapacidad impide al trabajador la realización de cualquier trabajo u oficio. Proporciona una pensión de mayor cuantía en comparación con la incapacidad total, ya que se considera que el trabajador queda inhabilitado para obtener ingresos a través de ningún tipo de trabajo.
Es el nivel más alto de incapacidad, incluyendo personas que, además de tener una incapacidad absoluta, necesitan la asistencia de otra persona para las actividades esenciales de la vida diaria, como comer o desplazarse.
Primero, debes haber estado afiliado a la Seguridad Social antes de que la enfermedad o lesión se declare. También es necesario haber estado cotizando un tiempo mínimo, que depende de tu edad en el momento de la solicitud. Además, debes haber sido dado de alta médica tras un proceso de tratamiento de tu enfermedad o lesión.
Para tramitar la solicitud, es fundamental presentar una serie de documentos que avalen tu estado de salud y tu historial laboral. Asimismo, tener en buen orden tu historia clínica y los informes médicos actualizados.
La solicitud de incapacidad permanente debe ser presentada en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). También es posible gestionar el proceso a través de una mutua, en casos de accidentes laborales. Para realizarlo, es recomendable preparar previamente toda la documentación obligatoria y, si es posible, contar con el asesoramiento legal adecuado.
Una vez presentada la solicitud, el INSS recopila toda la documentación pertinente y la remitirá al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) para su evaluación. Se trata de un proceso crítico, en el cual se verificará que el trabajador efectivamente no puede retomar su actividad habitual.
El EVI realizará, si lo considera necesario, más exámenes médicos para evaluar la situación. Seguidamente, el INSS emitirá una resolución que puede aprobar la solicitud, denegarla o determinar un grado diferente de incapacidad al solicitado.
En cualquier etapa del proceso, puedes contactar con la Seguridad Social para resolver cualquier duda que te surja. Disponen de oficinas físicas, además de teléfonos y servicios online donde puedes informarte sobre el estado de tu solicitud o detalles específicos del procedimiento.
Entender cada aspecto sobre la incapacidad permanente laboral y cómo solicitarla puede marcar la diferencia entre conseguir un reconocimiento favorable y no. Siguiendo estos pasos, asegurándote de reunir toda la documentación necesaria y, si es posible, contando con la asistencia de expertos, puedes afrontar este proceso de manera más efectiva y con mayores posibilidades de éxito.