Esto sorprendió a la Acusación Popular y a la Particular, porque al parecer no conocían el hecho de que se trata de un DELITO PÚBLICO, contra la Administración de Justicia, y no es necesaria petición de licencia. Otra cosa son las Querellas que se están presentando por Injurias y Calumnias (en las que ya decidirá el Juzgado Instructor si le es necesaria dicha licencia).”
El motivo de estas querellas por FALSO TESTIMONIO, según sigue indicando la letrada Ana Isabel Peña, es que son uno de los elementos fundamentales, para el futurible Recurso de Revisión de Sentencias Firmes, puesto que, esta Defensa está convencida de que los Magistrados del Tribunal Supremo en la Casación que vamos a presentar, no van a salirse de la línea marcada.
La verdad es que es una pena que con este tipo de sentencias sobre suposiciones, sin saber con certeza quién es la víctima, el lugar de los hechos (que la Acusación Particular en su Impugnación a la Apelación ya situaba en la nave cuando sostuvo que el lugar era el domicilio de César Román donde no se encontró signos de delito pero sí un pasaporte a nombre de Heidy de la REPÚBLICA DOMINICANA, que desapareció oportunamente); y los demás elementos de un supuesto delito, haga que la Justicia Española pueda llegar a suponer la vergüenza de Europa. Si hay que llegar al Tribunal Europeo, tenemos pruebas más que evidentes de la inexistente investigación, desaparición de pruebas y falsos testimonios. Pero repito, tan segura estaba de que sería así que no sólo presentamos dichas querellas por delitos CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; sino que además ya teníamos el Recurso de Casación preparado para presentar.”