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REFORMA CONSTITUCIONAL EN UZBEKISTÁN

Áreas prioritarias para la reforma constitucional de Uzbekistán en el ámbito de la protección de los derechos humanos

Mirzatillo Tillabaev es Director Adjunto del Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, Doctor en Derecho.
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Mirzatillo Tillabaev es Director Adjunto del Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, Doctor en Derecho.

· Por Mirzatillo Tillabaev, Director Adjunto del Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, Doctor en Derecho

miércoles 27 de julio de 2022, 10:36h

La reforma constitucional de Uzbekistán pretende aplicar el principio prioritario "En nombre del honor y la dignidad humana". Además, la dignidad humana significa garantizar una vida pacífica y segura, los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, el establecimiento progresivo de condiciones de vida decentes e infraestructuras modernas, atención médica cualificada, educación de calidad, protección social y un medio ambiente saludable para todos los habitantes del país. Uzbekistán ha ratificado siete de los nueve principales tratados internacionales de derechos humanos en vigor y, por tanto, se ha comprometido a cumplirlos. Además, como Estado participante de la OSCE, Uzbekistán se ha comprometido a aplicar los compromisos clave de la dimensión humana de la OSCE, incluidos los relativos a la democracia pluralista, el Estado de derecho y las instituciones democráticas; la independencia del poder judicial; las instituciones nacionales de derechos humanos independientes; el cumplimiento de las obligaciones internacionales; la igualdad de género y otros ámbitos.

En primer lugar, hay que señalar que el Proyecto de Ley Constitucional incluye una serie de nuevos cambios positivos que no están en la Constitución actual.

En general, el proyecto de ley prevé la modificación de más de 60 artículos y 6 nuevos artículos, de los cuales 28 artículos y los 6 nuevos artículos se refieren a cuestiones de derechos humanos y su dimensión.

Por primera vez, el principio del derecho internacional - el respeto de los derechos humanos y las libertades - se consagra a nivel constitucional (artículo 17).

Las garantías de los derechos y libertades humanas y civiles se refuerzan considerablemente en el proyecto propuesto:

1. La pena de muerte está prohibida en Uzbekistán (art. 24), dando así cumplimiento a las disposiciones del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

2. El hábeas corpus está garantizado a nivel constitucional, es decir, la detención, el encarcelamiento y la custodia

o cualquier otra restricción de la libertad sólo es admisible en virtud de una orden judicial y, en espera de una decisión judicial, una persona no puede ser detenida durante más de 48 horas (art. 25);

3. La presunción de inocencia se convierte en un principio constitucional, es decir, todas las dudas sobre la culpabilidad, si no hay otros medios de

El sospechoso, acusado o demandado debe recibir el beneficio de la duda (artículo 26);

4. También se da rango constitucional a las "Reglas de Miranda" (artículo 26), en particular:

- se debe explicar a la persona, en una lengua que comprenda, los derechos y los motivos de su detención en el momento de la misma;

- el sospechoso, acusado o demandado no tiene que demostrar su inocencia y puede ejercer el derecho a guardar silencio en cualquier momento;

5. Se inserta un nuevo artículo que establece que toda persona tiene derecho a una indemnización por los daños causados por actos u omisiones ilegales de los organismos estatales o sus funcionarios (artículo 26-1);

6. Se garantiza un nuevo derecho, en concreto que toda persona tiene derecho a acceder y utilizar libremente la World Wide Web y el Estado garantiza la protección de los datos personales (artículo 29);

7. Por primera vez se consagran los derechos medioambientales, toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano y favorable, a una información fiable sobre su estado y a la reparación de los daños causados a su salud o a sus bienes por un delito medioambiental (artículo 40-1).

Además, el artículo 28 de la Constitución establece el derecho a la libertad de circulación y residencia en el territorio de Uzbekistán. El proyecto propone consagrar el derecho a viajar fuera del país y a regresar al propio país sin obstáculos, tal como se establece en los apartados 2 y 4 del artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el párrafo 20 del Documento de Viena de la OSCE de 1989.

El Proyecto de Ley Constitucional también consagra el principio de la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño de que "el interés superior del niño debe tenerse siempre en cuenta en todas las decisiones que le afecten". Sobre esta base, se proponen modificaciones de los artículos 37, 64 y 65 de la Constitución. 37, 64 y 65 de la Constitución.

El principio de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU de "no dejar a nadie atrás" está consagrado a nivel constitucional, en particular que el Estado cree condiciones de igualdad para la realización de los derechos e intereses legítimos de las personas con discapacidad (artículo 39).

Así, muchas de las innovaciones contienen cambios destinados a aplicar las obligaciones internacionales, las recomendaciones de los organismos internacionales y a elevar a rango constitucional las normas consagradas en las leyes individuales.

Nos gustaría señalar que las enmiendas se redactaron tras un debate público abierto y libre, que garantizó una amplia participación pública y debates significativos. El cumplimiento de estos requisitos permite constatar que la reforma constitucional es percibida positivamente por el conjunto de la sociedad y expresa la voluntad de todo el pueblo de Uzbekistán.

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