“El banco, experto en este tipo de productos, no debió de ningún modo recomendar dicha modalidad de hipoteca durante los años 2007 y 2008, años en que por ejemplo, la paridad euro-yen, cotizaba a máximos de 167” explican desde Ortega y García Abogados, despacho que ha conseguido el centenar de pronunciamientos judiciales favorables, quienes dejan claro que, pese a que las principales reclamaciones se han centrado en esos años, “la nulidad es absoluta, sin estar sometida a plazo de prescripción alguno. Eso significa que si hay alguien afectado por este tipo de producto, puede tratar de conseguir su anulación en un plazo aproximado de dos años y, por norma general, en primera instancia”.
Entre los demandantes de dichas sentencias ganadas se encuentran pilotos, azafatas, bomberos, policías, músicos y, en definitiva, perfiles profesionales muy alejados del mundo financiero y que, según las sentencias, no tendrían el perfil adecuado para la suscripción de dicho tipo de hipoteca.
Juan José Ortega, encargado de la dirección letrada de estos pronunciamientos, reconoce tener un porcentaje del 95% favorable a favor del afectado, que ha conseguido un beneficio económico medio que ronda los 50.000 euros y la posibilidad de volver a la realidad del mercado hipotecario español para los afectados, con un sistema francés de amortización donde se van pagando intereses y capital mes a mes sin la influencia del cambio de divisa.
“Supone volver al pasado y dar al consumidor la realidad del mercado hipotecario español, un préstamo en euros con sistema francés de amortización donde se irá pagando intereses y capital mes a mes, sin estar influenciadas tanto dichas cuotas como el capital por el tipo de cambio” concluye el abogado.