Y para solucionar todas las dudas que pueden surgir entorno al pago de este impuesto, hoy hemos consultado al experto Jose Luís Parra, de la inmobiliaria Banker & House para que conteste a algunas de las principales preguntas que nos suelen trasladar los propietarios: cuándo se paga el IBI, quién se debe hacer cargo de este impuesto en la venta de una vivienda o cómo se calcula la cuantía anual a pagar.
¿Qué es el IBI?
Podríamos definir el IBI como un tipo de impuesto incluido dentro del sistema de tributos español dedicado a los bienes inmuebles. Este impuesto se aplica tanto en viviendas como en locales comerciales o incluso en fincas rústicas, por lo que cualquier propietario puede ser susceptible de pagarlo.
Además, el IBI es un tipo de impuesto que funciona conjuntamente a nivel municipal y a nivel estatal y que se abona con carácter anual. Por una parte, cada ayuntamiento en el que tengamos una propiedad emitirá el correspondiente impuesto, que dependerá de la clasificación y el valor que tenga el inmueble en el registro del Catastro. De esta manera, es el ayuntamiento el que cataloga el tipo de inmueble por el que se debe pagar, así como también a quien corresponde el cargo del impuesto como titular.
A partir de la recaudación del impuesto por parte de cada ayuntamiento, los trámites y la gestión de las cuantías del IBI se realizan de manera conjunta por parte del Estado y de los ayuntamientos.
¿Cuándo se paga el IBI?
Una de las preguntas más repetidas por los propietarios de inmuebles a la hora de obtener más información acerca del IBI es cuándo se paga exactamente este impuesto. Por su parte, el Estado emite cada año a fecha de 1 de enero la obligación de pago del IBI, sin embargo es cada uno de los ayuntamientos el que designa un plazo concreto para realizar el pago. Es decir, no en todos los ayuntamientos se realizará el pago el IBI en las mismas fechas.
Por poner algunos ejemplos, en Madrid el IBI se suele pagar entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de cada año y, en Barcelona, se realiza entre el 1 de marzo y el 2 de mayo. De esta manera, lo mejor es que, si tienes dudas, consultes directamente en tu ayuntamiento cuáles son las fechas que ellos aplican a su calendario fiscal. Además, también hay que tener en cuenta que la mayor parte de las localidades admiten el pago del IBI fraccionado en varios plazos.
¿Cómo se calcula la cuantía del IBI?
Saber cuál será la cuantía del IBI depende, en realidad, del ayuntamiento en el que vayas a realizar el pago del impuesto y también del valor catastral de tu propiedad. En este sentido, el importe de cada propietario lo determina el propio ayuntamiento, por lo que en función de dónde estés pagarás más o menos de IBI.
No obstante, hay que tener en cuenta que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que es el Real Decreto que legisla este impuesto, establece un gravamen mínimo del 0.4 por ciento y un tipo máximo que no debe superar el 1,10 por ciento.
De esta manera, para saber exactamente la cuantía de IBI que te tocará pagar cada año se debe multiplicar el porcentaje exacto que establezca cada ayuntamiento por el valor catastral que tenga el inmueble en el registro. Igualmente, si es tu primer año pagando el IBI podrás calcular el valor mínimo y máximo aproximado teniendo en cuenta estos porcentajes que establece el decreto de la LRHL.
¿Quién paga el IBI en una vivienda que está a la venta?
Esta es otra de las preguntas que más se repiten respecto al pago del IBI y es que, ¿quién está obligado a hacerse cargo de este impuesto en una casa que se encuentra a la venta? Lo cierto es que, en este caso, el IBI es uno de los gastos al vender una casa que debes asumir como vendedor.
A pesar de que el IBI es un impuesto que no se relaciona directamente con la compra venta de una casa, así vendas tu inmueble en enero o en diciembre, el encargado de pagar el impuesto en ese año será el vendedor, es decir, el que aparezca como propietario y titular del inmueble a fecha de 1 de enero del año en curso. Así, a partir del siguiente año, pasará a pagarlo el nuevo propietario.