Se verán afectados por el nuevo SII todos aquellos sujetos pasivos con obligación de autoliquidar el IVA mensualmente, empresas con facturación superior a 6M€, Grupos de IVA y todas aquellas organizaciones inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA. Voluntariamente también podrán sumarse al nuevo sistema otros sujetos pasivos, siempre y cuando informen con anterioridad a la AEAT a través del modelo 036 y asuman la obligación de utilizar el nuevo modelo, al menos, durante 1 año natural.
Entre la información a presentar destaca la siguiente:
- Libro Registro de facturas emitidas: tipo de documento, identificación, descripción de la operación, facturas rectificativas y sustitutivas, facturación por destinatario, inversión del sujeto pasivo, detalle de regímenes especiales, indicación de operaciones exentas y cualquier información trascendente desde el punto de vista tributario, entre otras.
- Libro de Registro de facturas recibidas: número de recepción, identificación de rectificación registral, descripción de la operación, facturación por destinatario, inversión por sujeto pasivo, adquisición intracomunitaria de bienes, regímenes especiales, cuota tributaria deducible, período de liquidación, fecha contable y número del DUA si se trata de importaciones y cualquier otra información que sea trascendente para la tributación.
Como reconoce Isabel Pomar, el área de Innovación y Desarrollo de Datisa, trabaja para proporcionar siempre la mejor solución posible que permita, por un lado, responder con eficiencia a los nuevos cambios normativos o requerimientos legales y, por otro, normalizar el uso de las herramientas tecnológicas sin que afecte al día a día de la organización.