El acusado ha colaborado en todo momento con la justicia a la hora de esclarecer los hechos, alegando que todo había sido un montaje por parte de su ex mujer que, casualmente días después del suceso, interponía una demanda de divorcio y una denuncia por malos tratos, por unos hechos que supuestamente acontecieron 10 años antes.
A pesar de todos los indicios por denuncia falsa, en junio de 2018 la Audiencia Provincial de Logroño dictó sentencia condenatoria de 19 años de prisión para el acusado y su inminente privación de libertad, en base a los testimonios de referencia de los padres de las presuntas víctimas, que en ningún momento recordaban nada de lo denunciado ni reconocieron los hechos.
Tras 5 años de investigación, la defensa llevada a cabo por Ospina demostró ante el Alto Tribunal que durante el juicio se vulneraron todas las garantías jurídicas del acusado: no se permitió practicar ningún tipo de prueba pericial, se impidió que la defensa interrogase a las menores bajo la tutela pertinente, no se respetó la presunción de inocencia del procesado y evidencias sobre el “motivo espurio” de su ex pareja y parte demandante.
Así fue entendido por la Sala Segunda del Tribunal Supremo que estimó el recurso de casación y la puesta en libertad inmediata del acusado a principios del pasado mes de abril, absolviéndole de los delitos de abuso sexual, sentado un precedente inequívoco y disuasorio para este tipo de denuncias falsas.