www.elmundofinanciero.com

REGULACIÓN EN MARCHA

Criptomonedas: ¿evolución tecnofinanciera o amenaza al sistema bancario?
Ampliar

Criptomonedas: ¿evolución tecnofinanciera o amenaza al sistema bancario?

· Por Pablo Sanz Bayón, Profesor de Derecho Mercantil, Facultad de Derecho – ICADE, Universidad Pontificia Comillas

viernes 09 de octubre de 2020, 09:07h

El concepto de moneda virtual, y más en particular el de criptomoneda, rompe con las categorías y estructuras conceptuales clásicas de los sistemas bancarios y regulatorios contemporáneos. Los legisladores y autoridades supervisoras de todo el mundo están planteándose cómo aproximarse a un fenómeno computacional y global que si se consolidara y se generalizara socialmente podría poner en jaque el statu quo del mercado de pagos y de servicios financieros. Para entender los pasos que se están dando en este sector resulta determinante, en primer lugar, centrar el enfoque sobre las causas de esta disrupción tecnofinanciera. La clave principal se encuentra en la crisis sistémica del capitalismo postindustrial contemporáneo (2008-2020), que en realidad es una crisis de confianza política, institucional y económica. Esta crisis se materializa en última instancia en la desconfianza de gran parte de la sociedad mundial en los poderes e instituciones que gobiernan el dinero, desde el Estado a la banca. La clave subyacente es pues la confianza en el dinero, en su capacidad de proteger valor, lo cual está directamente asociado a las condiciones en que emite y se pone en circulación, mediante concesión de crédito. Lo cierto es que el dinero actual, denominado dinero “fíat”, carece de respaldo real y tangible. Está desconectado de la economía productiva, al poder crearse electrónicamente (reserva fraccionaria y multiplicador bancario) pudiendo ser manipulado por autoridades tecnocráticas bancarias y gubernamentales. Estas instituciones conservan intereses particulares y no siempre alineados con principios democráticos ni convergentes con las necesidades e intereses de otros actores sociales mayoritarios.

Pablo Sanz Bayón es Profesor de Derecho Mercantil, Facultad de Derecho – ICADE, Universidad Pontificia Comillas.
Pablo Sanz Bayón es Profesor de Derecho Mercantil, Facultad de Derecho – ICADE, Universidad Pontificia Comillas.

La devaluación del dinero, porque se ha abusado de su emisión por parte de la banca, suele acarrear una pérdida de confianza social y de credibilidad de las autoridades e intermediarios autorizados. La ampliación de los balances de los bancos centrales para reaccionar a las crisis e impedir el crash total de los mercados bursátiles y de los Estados en los últimos años ha conducido a una economía financiera con tipos de interés muy bajos o nulos. Adicionalmente, la inflación, la tributación y las crecientes comisiones bancarias van depredando los ahorros privados y los pequeños patrimonios familiares de las clases trabajadoras y medias.

Ante esta coyuntura, la tecnología digital hace posible actualmente que el “valor” pueda trasladarse o migrar a otros soportes o infraestructuras en los que no sea posible la manipulación ni la arbitrariedad de las autoridades ni de las entidades intermediarias. En este contexto es donde entra en juego la tecnología de los registros distribuidos (DLT/Blockchain). Gracias a la computación y a una criptografía avanzada se pueden generar, almacenar y transferir activos digitales que representan valor para la comunidad de sus usuarios, sin depender de la manipulación política o de las interferencias o intereses ajenos. Las criptomonedas son activos criptográficos y programables, es decir, tokens digitales aptos para operar como medio de pago, unidad de cuenta y reserva de valor dentro de una comunidad virtual. Esta idoneidad característica -que es propiamente la del genuino concepto de dinero- es la mayor amenaza que podría presentarse para un sistema bancario oficial, en cuanto que el negocio de los bancos -básicamente crear, captar y vender dinero- depende de unas barreras de entrada derivadas de la soberanía monetaria estatal. Es el Estado el que impone legalmente una divisa fíat en su territorio, divisa oficial con la cual los contribuyentes deben pagar los impuestos y los oferentes fijar los precios de sus bienes y servicios. El sistema se organiza a través de una banca central estatal y de instituciones rectoras supraestatales (Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, Banco de Pagos Internacionales).

Por esta razón, tratar de asociar a las comunidades virtuales que están liderando la creatividad e innovación del dinero digital y del mercado de pagos (ecosistemas Fintech y Crypto) al crimen organizado y a los delitos de fraude fiscal y blanqueo de capitales es actitud muy reduccionista, que viene a desconocer -o más bien a no querer reconocer- las motivaciones de lo que está sucediendo en el sector financiero y en el seno de los sectores sociales más despiertos, críticos y dinámicos. La respuesta simple o fácil hasta el momento ha sido responder a esta nueva realidad disruptiva por medio del derecho fiscal y del derecho penal. Así lo ha demostrado, por ejemplo, la Unión Europea, a la espera de que se haga realidad el futuro Reglamento europeo del mercado de criptoactivos, propuesto recientemente por la Comisión Europea. Lo cierto es que la visión general predominante hacia este fenómeno tecnofinanciero ha sido, hasta la fecha, de cierto recelo y desconfianza. Así se ha transmitido a la ciudadanía por parte del sector bancario a través de sus terminales mediáticas y de sus grupos de presión. No es de extrañar esta reacción nerviosa, pues detrás de todo ello está en juego, nada más y nada menos, que la soberanía monetaria del Estado y el control de las barreras de entrada al mercado del dinero, que usufructúan los bancos en régimen oligopólico, creando y vendiendo dinero con divisas fíat impuestas coactivamente a la población.

En este sentido, la mayor parte de las autoridades financieras en todo el mundo están tratando de sujetar a los actores del ecosistema criptomonetario a las crecientes obligaciones fiscales y de prevención del blanqueo de capitales. Se pretende asociar la inversión en criptoactivos con actividades ilícitas, opacando y soslayando la inmensa innovación y creatividad que comportan los nuevos programas de software y las formas alternativas de cooperación e intercambio que se están forjando en Internet. En efecto, parece evidente que hasta que no se consiga resolver que las direcciones de los monederos electrónicos queden vinculadas a la identidad personal real de sus titulares -los clientes de las plataformas de cambio y de custodia de monedas virtuales-, no se terminará con los problemas derivados del anonimato y de la opacidad de los usuarios de estos activos digitales.

Ahora bien, no se debería juzgar el todo por la parte. Más aún, teniendo en cuenta que en fechas recientes se ha conocido la extraordinaria filtración “Fincen Files”, que implica a un nutrido grupo de bancos muy importantes de todo el mundo en tramas de blanqueo internacional de capitales, usando para ello las estructuras y cauces normales supuestamente supervisados y regulados por las autoridades estatales. Este escándalo financiero se suma a una sucesión de filtraciones de los últimos años que en su conjunto nos dan una imagen de las dimensiones de los fraudes que se cometen a todos los niveles dentro del sistema financiero internacional y que las autoridades supraestatales no han sabido ni podido dar solución eficazmente, como los Paradise Papers (2017), los Panamá Papers (2016), Swiss Leaks (2015) y Lux Leaks (2014). Ello demuestra que la vinculación entre crimen organizado y sistema financiero formal es sobre todo un problema de prácticas asentadas y toleradas desde hace mucho dentro del sistema bancario tradicional y por parte de organismos supervisores y grandes empresas de servicios de consultoría y auditoría de cuentas.

La realidad es que el sector de las criptomonedas depende mayormente del enfoque normativo determinado por el derecho penal y la fiscalidad. Son las dos herramientas estatales con las que se está tratando de constreñir y aprehender esta realidad tan compleja como transfronteriza. Pero el verdadero desafío jurídico-económico, también cultural y de psicología social, es examinar con amplitud de miras el alcance de las nuevas interconexiones comerciales, que, en puridad responden ya a nuevas necesidades de los usuarios, y particularmente, a las inquietudes de la población joven (los Millennials y la Generación Z), que son nativos digitales y sus relaciones sociales son cada vez más descentralizadas y cibernéticas. El fenómeno criptomonetario como el de Bitcoin y otras tantas monedas virtuales como Ethereum, Litecoin o Ripple, así como de numerosas iniciativas tecnofinancieras constituyen formas de organización alternativa a la “oficial”, y esto, como es lógico, desborda las capacidades y límites territoriales y jurisdiccionales de los Estados.

Los próximos años serán decisivos en materia de regulación de la criptoeconomía, lo cual determinará en buena medida si este sector podrá o no cuestionar definitivamente uno de los baluartes de la estatalidad, que es la soberanía monetaria, es decir, el control centralizado de la emisión del dinero. El Estado y los oligopolios bancarios harán todo lo que puedan para conservar el poder sobre el dinero. Impedirán que la evolución tecnofinanciera de la criptoeconomía se convierta en una revolución que termine con ese poder y sus privilegios legalizados. ¿Podrán los políticos y banqueros recuperar la confianza social que han perdido tras más de una década de escándalos y abusos?

Para ampliar esta reflexión, otros artículos del autor:

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (6)    No(0)
Compartir en Meneame enviar a reddit compartir en Tuenti

+
1 comentarios