En Uruguay ha surgido el debate como consecuencia de la inclusión del controvertido derecho. Muchos creen que la incorporación del mismo supone un riesgo para la libertad de expresión, razón por la cual organizaciones de derechos humanos solicitan la remoción del artículo. Como ya sabemos, este derecho propone que: “…los motores de búsqueda en Internet eliminen los enlaces publicados que contuvieran información relativa a esa persona cuando fuesen inadecuados, inexactos, no actualizados o excesivos, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron, el tiempo transcurrido, la naturaleza y el interés público. Asimismo, toda persona tiene derecho a que sean suprimidos, a su simple solicitud, los datos personales que le conciernan, que hubiesen sido facilitados por él o por terceros, para su publicación por servicios de redes sociales y servicios equivalentes.”
El debate se centra en el desequilibrio que se puede plantear entre la protección de los datos personales y la libertad de expresión.
De un lado se encuentran asociaciones que solicitan la remoción del artículo a través de un comunicado, alegando que la inclusión de este derecho en el sistema normativo uruguayo puede afectar el derecho de acceso a la información si es aplicado de forma abusiva o se interpreta erróneamente. A su vez, que, en el proyecto, no se establecen mecanismos para poder dar protección a la libertad de expresión. Los riesgos se magnificarían frente a los supuestos beneficios que podría traer esta modificación.
Uruguay no cuenta con una estructura de protección de datos personales que se ajuste a los estándares modernos, lo cuál puede derivar en interpretaciones erróneas y arbitrarias. Muchas de estas situaciones son las que posiblitan que empresas como Eliminalia trabajen en pro de la defensa del derecho al olvido o la eliminación de informaciones perjudiciales para empresas o personas, o que atentan contra su intimidad.
El portal web El Observador planteaba un caso en el que el derecho al olvido funcionó como una herramienta positiva. El portero de la selección uruguaya de futbol en un campeonato preolímpico, metió un autogol tras un error técnico. El video de la acción se viralizó a través de todos los portales y medios de Internet. El contenido se entendía “inadecuado” e “inexacto” debido a que el portero había tenido una gran actuación durante el resto del encuentro. Es evidente que el jugador querría evitar que se asociara su imagen de manera negativa con un hecho puntual.
El debate que se generó a través de la Ley de Urgente Consideración es positivo. Muestra las desventajas y ventajas que puede ocasionar a la normativa de Protección de datos personales y los derechos fundamentales en Uruguay.
Lo cierto es que se deberá ponderar y hacer una evaluación de impacto sobre los derechos fundamentales en cada caso planteado. Que se otorguen garantías a los individuos para que no sufran perjuicios a través de notas o acciones que afecten derechos fundamentales como el honor, la imagen o su buen nombre. Y al mismo tiempo equilibrar la balanza y garantizar la libertad de expresión y el acceso a la información de la sociedad con la mayor libertad posible.